Aumentan los impagos del Impuesto de Bienes inmuebles en Alicante
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‘La crisis se nota sobre todo en la economía familiar, en especial en la de los inmigrantes, de ahí el aumento de la morosidad que se ha producido este año en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de Alicante, también conocido como contribución.
L os recibos impagados durante el periodo voluntario de abono de este impuesto, que concluyó en mayo, ascienden a 31.325, lo que supone un 18% más que durante 2010. Y eso pese a la posibilidad a la que se han acogido más de un millar de familias a aplazar o fraccionar el pago sin abonar intereses.
El Ayuntamiento de Alicante ha enviado los recibos impagados, por importe de 7,4 millones de euros, a SUMA Gestión Tributaria para que reclame el abono a los deudores con un recargo y ese dinero pueda ser ingresado en las arcas municipales.
Pese al aumento de la morosidad, el importe global recaudado con el principal impuesto municipal asciende a 67, 4 millones de euros, una cantidad ligeramente superior a la del año anterior. Y es que, aunque el tipo impositivo se encuentra congelado, han salido a cobro más recibos porque se siguen incorporando nuevas viviendas procedentes de los últimos coletazos del boom inmobiliario debido a la tardanza en los trámites para darlas de alta en el catastro. De ahí que este año se incorporaran un total de 6.665 nuevas casas y locales al censo del IBI municipal.
La recaudación por el impuesto del IBI supone el mayor ingreso municipal, por lo que teniendo en cuenta la situación de crisis, el Ayuntamiento de Alicante ha puesto en marcha mecanismos para evitar la morosidad y facilitar el pago.
La Concejalía de Hacienda, dirigida por Juan Seva, ofrece la posibilidad de aplazar o fraccionar los pagos sin ningún recargo, siempre que se solicite durante el periodo de pago voluntario. Así lo contempla la legislación, que recoge literalmente que “las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario podrán aplazarse” previa solicitud del interesado “cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos”.